Subasta judicial de una vivienda en Trobajo del Camino, San Andrés del Rabanedo (León), propiedad de Alejandro Javier Romero Godos y Ana María Fernández Álvarez, a instancia de Banco Santander S.A. La vivienda es la habitual de los ejecutados y se encuentra gravada con dos hipotecas y una anotación preventiva de embargo. La hipoteca ejecutada es la primera, pero el derecho real de hipoteca no está inscrito a favor del ejecutante, lo que podría dificultar la inscripción del auto de adjudicación.
Análisis por lote
El lote y sus bienes
1 bien identificado
Lote 1
Riesgo 75/100
Piso
Valor de subasta 102.199 €Depósito 5110 €Puja actual 42.500 €
Cantidad reclamada 32.445 €(dato general)
Análisis de riesgo del lote75/100
El riesgo principal radica en que el derecho real de hipoteca ejecutado no está inscrito a favor del ejecutante (Banco Santander S.A.), lo que podría impedir la inscripción del auto de adjudicación. Además, existen cargas posteriores que subsistirían si la hipoteca ejecutada no se cancela correctamente, y una anotación preventiva de embargo que añade complejidad. La situación posesoria es desconocida, aunque se considera vivienda habitual, lo que puede implicar un proceso de desalojo.
Resumen específico de cargas
Historia y contexto de la subasta
La finca número diez, vivienda en la planta segunda del Edificio en Trobajo del Camino, calle Los Aluches (hoy Mesones), número 18, fue adquirida en pleno dominio por Alejandro Javier Romero Godos y Ana María Fernández Álvarez con carácter ganancial en 1991 (inscripción 3ª). En 1998, se constituyó una hipoteca a favor de Banco Santander S.A. (inscripción 8ª). Esta hipoteca fue subrogada a favor de Banco de Castilla S.A. en 2000 (inscripción 9ª). Posteriormente, en 2007, la hipoteca fue ampliada y modificada por Banco de Castilla S.A. (inscripción 10ª). Banco de Castilla S.A. fue absorbido por Banco Popular Español S.A. En 2015, se realizó una novación modificativa de la hipoteca, extendiendo el plazo de vencimiento hasta el 14 de septiembre de 2023 (inscripción 12ª), y se rectificó en 2016 (inscripción 14ª). En 2014, se constituyó una segunda hipoteca a favor de Banco Popular Español S.A. (inscripción 11ª), modificada en 2015 (inscripción 13ª), con vencimiento hasta el 5 de septiembre de 2033. En 2024, se expidió una certificación de dominio y cargas para un procedimiento de ejecución hipotecaria seguido en el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de León (307/2023) a instancia de Banco Santander S.A. contra los propietarios y AFA ACCESORIOS SL. También en 2024, se practicó una anotación preventiva de embargo letra C a favor de BORROX FINANCE SL en el Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León (0000015/2023) contra Alejandro Javier Romero Godos. La certificación de cargas de febrero de 2026 confirma la subsistencia de la primera hipoteca a favor de Banco Popular Español S.A. y advierte que el derecho real de hipoteca no está inscrito a favor del ejecutante (Banco Santander S.A.), lo que podría impedir la inscripción del auto de adjudicación.
Información adicional
Apertura
21 jul 2026, 18:00
Cierre previsto
10 ago 2026, 18:00
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Revisión de documentación y cargas
Análisis de riesgos y próximos pasos
Acompañamiento adaptado a tu caso
Guía para empezar
Preguntas frecuentes sobre esta subasta
Una explicación paso a paso para entender el depósito, la puja, el pago y los principales riesgos. Combinamos reglas generales con los datos disponibles de esta subasta.
¿Qué pasa si la vivienda está ocupada?
En esta subasta la información importada sobre la posesión indica: No consta. Aun así, este dato puede estar incompleto o haber cambiado desde que se publicó.
Antes de pujar: revisa el edicto, la documentación judicial, posibles contratos de alquiler y cualquier referencia a ocupantes o derecho de uso.
Después de adjudicar: ser propietario no permite entrar por la fuerza. Si no se entrega voluntariamente, puede ser necesario solicitar la posesión o iniciar el procedimiento que corresponda.
Coste y plazo: no existe una duración universal; dependen de quién ocupe, del título que alegue, de la vulnerabilidad y de la carga de trabajo del órgano competente.
42.500 €
Resumen de oportunidad
73,9% descuento estimado
Puja 42.500 € · Mercado 162.569 €
Subasta finalizada
10 ago 2026, 18:00
La finca está gravada con dos hipotecas y una anotación preventiva de embargo. La hipoteca ejecutada es la primera, constituida inicialmente a favor de Banco Santander S.A., subrogada y modificada a favor de Banco Popular Español S.A., con un principal reclamado de 32.445,45 euros más 9.733,63 euros para intereses y costas. Existe una segunda hipoteca posterior a favor de Banco Popular Español S.A. y una anotación preventiva de embargo a favor de BORROX FINANCE SL. La certificación de cargas advierte que el derecho real de la hipoteca ejecutada no está inscrito a favor del ejecutante (Banco Santander S.A.), lo que es un riesgo significativo para la inscripción de la adjudicación.
Plan antes de pujar
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4
acciones
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Paso 1 · Información registral
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Esencial
Bien 1
Piso
CALLE LOS MESONES 18, 2º A, 24010, SAN ANDRES DEL RABANEDO, León
Vivienda habitual100% de titularidad
Mapa de cargas
Prioriza lo que puede acompañar al bien después de la adjudicación.
Exposición identificada
103.517 €
Carga
Titular
Importe
Orden
Impacto
Hipoteca
Garantía real
BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.
103.517 €
Anterior a la carga ejecutada
Subsiste tras la adjudicación
Descripción e interpretación Mostrar
HIPOTECA a favor de BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. para responder de 103.516,97 euros de principal, intereses ordinarios, intereses de demora y costas. Vencimiento hasta el 5 de septiembre de 2033.
Interpretación
Esta hipoteca fue constituida en 2014 (inscripción 11ª) y modificada en 2015 (inscripción 13ª). La hipoteca ejecutada es la de 1998 (inscripción 8ª). Por lo tanto, esta hipoteca es posterior a la ejecutada y, en principio, debería cancelarse con la ejecución de la hipoteca anterior. Sin embargo, la certificación de cargas la lista como '2º' y la hipoteca ejecutada como '1º', lo que sugiere un error en la interpretación inicial o una complejidad en la prioridad. Reevaluando, la hipoteca ejecutada es la primera en el tiempo (1998), y esta es la segunda (2014). Por tanto, esta hipoteca posterior debería cancelarse. La certificación de cargas en el punto 5º indica que se ha comunicado a los titulares de derechos en asientos posteriores al del derecho de la ejecutante, incluyendo el '2º', lo que confirma que esta hipoteca es posterior y se cancelaría.
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¿Qué rentabilidad podrías obtener?
Ajusta tu puja, los costes y el precio de venta. Es una simulación orientativa, no asesoramiento fiscal o jurídico.
Trata una ocupación desconocida como un riesgo económico real: puede implicar abogado, tiempo sin poder usar el inmueble y gastos de conservación o comunidad.
¿Qué cambia si es la vivienda habitual del deudor?
La vivienda habitual puede estar sometida a protecciones y trámites adicionales. No significa que la subasta sea inválida, pero sí puede afectar a la aprobación de determinadas posturas y, especialmente, al momento y la forma de obtener la posesión.
Identificación: comprueba si el edicto o el expediente califican expresamente el bien como vivienda habitual; no lo deduzcas solo por el domicilio.
Posesión: pueden existir plazos, suspensiones o intervención de servicios públicos cuando concurren situaciones de vulnerabilidad.
Decisión de puja: incluye un margen de tiempo y dinero suficiente para un escenario en el que no puedas disponer inmediatamente de la vivienda.
La situación personal de los ocupantes no suele quedar completamente explicada en el Portal de Subastas. Si este punto condiciona tu compra, revisa el expediente con un profesional.
¿Cómo funciona el depósito para pujar y cuándo me lo devuelven?
En esta subasta figura un depósito de 5110 €. Esta subasta sigue la normativa anterior, en la que el depósito judicial inmobiliario general era el 5 % del valor de subasta. El depósito acredita que puedes participar y funciona como garantía de que cumplirás si tu puja resulta ganadora.
Cómo se constituye: se realiza electrónicamente siguiendo el proceso del Portal de Subastas y debe estar acreditado antes de pujar. Comprueba cuenta asociada, identidad y lote.
Si no ganas: al finalizar se devuelve o libera el depósito, salvo que hayas elegido mantener una reserva de postura por si el ganador no paga. El reflejo bancario puede no ser instantáneo.
Si ganas: tu depósito queda retenido como garantía y se descuenta del precio: solo tendrás que completar la diferencia entre la puja ganadora y lo ya depositado.
Si reservas postura: el dinero puede seguir retenido mientras exista la posibilidad de que el bien se adjudique al siguiente postor por incumplimiento del ganador.
Si resultas ganador y no completas el pago en plazo, puedes perder íntegramente el depósito. Verifica siempre el importe y las condiciones concretas del anuncio antes de inmovilizar fondos.
¿Qué pasa si gano y cuánto tiempo tengo para pagar?
Esta subasta judicial se rige por la normativa anterior, cuyo plazo general para completar el precio era de 40 días tras la aprobación del remate. Ganar la puja no significa que la propiedad se inscriba automáticamente ese mismo día: primero debe aprobarse el resultado y completarse el precio.
1
Cierre y resultado: el Portal comunica la mejor postura al organismo gestor. Si la oferta no alcanza determinados umbrales, pueden existir trámites de mejora o aprobación adicional.
2
Pago del resto: ingresas el precio pendiente descontando el depósito ya constituido. Sigue exactamente la cuenta, referencia y plazo que te comuniquen.
3
Decreto o título de adjudicación: una vez cumplidos los requisitos y confirmado el pago, se expide la resolución necesaria para acreditar la adquisición.
4
Impuestos e inscripción: liquidas los impuestos aplicables y presentas el título en el Registro de la Propiedad.
5
Posesión: si el inmueble no se entrega voluntariamente, la adjudicación registral y la posesión material pueden requerir actuaciones diferentes.
¿Qué son las cargas anteriores y cómo me afectan?
El análisis de esta ficha identifica 1 carga que podría subsistir por un importe conocido de 103.517 €. La clasificación es orientativa y debe comprobarse en el Registro.
Cargas anteriores: en una ejecución judicial inmobiliaria, las anteriores al gravamen ejecutado normalmente subsisten y el adjudicatario acepta la responsabilidad derivada de ellas.
Cargas posteriores: por regla general se ordena su cancelación con la adjudicación, pero debes revisar excepciones, anotaciones y deudas que no consten como una carga registral ordinaria.
Coste real: no es solo la puja: suma cargas subsistentes, impuestos, Registro, comunidad, posibles obras, posesión y asesoramiento.
Solicita una nota simple actualizada y compárala con la certificación de dominio y cargas del expediente. El orden registral importa más que el nombre informal de la deuda.
¿Puedo visitar el inmueble antes de pujar?
La información publicada sobre visitas indica: No consta. Confirma su significado y las condiciones de acceso con el organismo gestor.
Exterior y entorno: comprueba la dirección en SAN ANDRES DEL RABANEDO, León, el estado del edificio, accesos, servicios y posibles discrepancias con el anuncio.
Catastro y Registro: contrasta superficie, uso, titularidad, referencia catastral y descripción registral; no siempre coinciden entre sí.
Sin visita interior: presupuesta reparaciones con prudencia. Fotografías, anuncios antiguos o comentarios de terceros no sustituyen una inspección técnica.
Si la ficha indica que puede visitarse, confirma con el organismo gestor cómo solicitarla y en qué fechas. No accedas nunca sin autorización.
¿Qué impuestos y gastos tendré si me adjudico el inmueble?
La puja ganadora no es el coste total. La tributación depende de quién transmite, del tipo de inmueble, de la comunidad autónoma y de las circunstancias del adjudicatario.
Impuestos: la operación puede tributar por ITP o, en determinados casos, por IVA y AJD. El tipo y la base imponible no se pueden deducir solo del precio de puja.
Registro y gestión: deberás liquidar los impuestos y presentar el decreto o título de adjudicación para inscribir la propiedad; habrá aranceles y, si la usas, gestoría.
Otros importes: valora comunidad de propietarios, IBI, suministros, cargas subsistentes, honorarios profesionales, posesión y reforma.
Calcula estos costes antes de fijar tu puja máxima. Una adjudicación aparentemente barata puede dejar de serlo al sumar deudas, impuestos y puesta en uso.
¿Puedo financiar la compra con una hipoteca?
Es posible buscar financiación, pero una subasta no funciona como una compraventa ordinaria: el plazo de pago es estricto y el banco puede tener dificultades para tasar un inmueble ocupado o sin acceso interior.
Antes de pujar: habla con la entidad, entrega la documentación disponible y consigue una evaluación realista de importe y calendario; una simulación online no es una aprobación.
Plan alternativo: prevé cómo completarías el precio si la financiación se retrasa o finalmente se deniega.
No condiciona la puja: ganar no queda sujeto a que el banco te conceda el préstamo. La falta de financiación no elimina tu obligación de pagar.
No pujes confiando en obtener después una hipoteca convencional. Si no pagas dentro del plazo aplicable, puedes perder el depósito.
¿Cómo funcionan las pujas y cuándo conoceré la más alta?
Esta subasta aplica la normativa anterior: durante su ejecución puede mostrarse la mejor puja y una nueva postura al final podía ampliar el cierre, con el límite previsto por aquel régimen.
Tu importe máximo: decídelo antes de pujar a partir del coste total, no de la actividad que veas —o dejes de ver— en el Portal.
Empate: cuando dos posturas tienen el mismo importe, el orden temporal puede ser determinante; revisa las reglas del anuncio.
Resultado: al estar cerrada, contrasta el resultado mostrado en esta ficha con el Portal del BOE.
La fecha prevista podía cambiar por prórroga. Comprueba siempre la hora efectiva de cierre en el BOE.
¿Puedo ceder el remate a otra persona?
No debes contar con la cesión de remate como una salida automática. En las ejecuciones judiciales la ley reserva esta facultad, con sus requisitos y plazos, al ejecutante y a determinados acreedores; un postor ordinario no puede asumir que podrá cambiar libremente al comprador después de ganar.
Si pujas para otra persona: la representación debe declararse y acreditarse correctamente desde el principio conforme a las condiciones del Portal.
Si quieres invertir para revender: analiza de antemano la estructura jurídica y fiscal; adjudicar y transmitir después son operaciones distintas.
Una representación mal planteada puede tener consecuencias graves, incluida la pérdida del depósito. Consulta el caso antes de participar, no después de resultar ganador.
¿Puedo arrepentirme después de ganar?
Una puja válida es un compromiso económico, no una reserva gratuita ni una oferta condicionada a visitar el inmueble, conseguir financiación o descubrir después las cargas.
Si no completas el precio: el remate puede quedar sin efecto y perderás el depósito; además pueden producirse otras consecuencias previstas en el expediente.
Antes de confirmar: revisa importe, lote, titularidad o porcentaje transmitido, depósito, cargas, ocupación y dinero disponible para completar el pago.
No existe un derecho general de desistimiento equivalente al de una compra de consumo. Considera la puja irreversible a efectos de tu planificación.
¿Qué debería comprobar antes de presentar una puja?
Utiliza una lista de comprobación y fija tu puja máxima antes de entrar en el Portal. Como mínimo, revisa los siguientes bloques:
1
Bien y lote: dirección, finca registral, referencia catastral, superficie, porcentaje de propiedad y anexos incluidos.
2
Situación jurídica: edicto, título, carga ejecutada, cargas anteriores, arrendamientos, ocupación y posibles litigios.
3
Números: puja máxima, depósito, resto del precio, impuestos, deudas, Registro, reforma, financiación y colchón para imprevistos.
4
Calendario: fecha real de cierre, normativa aplicable, plazo de pago y disponibilidad inmediata de fondos.
La mejor puja no es la más alta que puedes permitirte, sino la que sigue teniendo sentido después de sumar todos los riesgos y costes.
Esta guía es orientativa y no sustituye el edicto, las condiciones particulares, la certificación de cargas ni el asesoramiento jurídico, fiscal o financiero aplicable a tu caso.
Es fundamental obtener una nota simple actualizada para confirmar la titularidad, el estado actual de todas las cargas y su prioridad, especialmente la situación de la hipoteca ejecutada y la anotación de embargo, y verificar si ha habido alguna actualización respecto a la titularidad del derecho real de hipoteca a favor del ejecutante.
Qué debes conseguir · 5
24013000446259
14157
6093052TN8169S0006AR
Titularidad del derecho real de hipoteca ejecutado
Solicitar aclaración al Juzgado sobre la titularidad del derecho real de hipoteca
Esencial
La certificación de cargas indica que el derecho real de hipoteca no está inscrito a favor del ejecutante (Banco Santander S.A.), lo que podría impedir la inscripción del auto de adjudicación. Es crucial que el Juzgado aclare esta situación y, si es necesario, se realicen los trámites para la correcta inscripción del derecho del ejecutante antes de la adjudicación.
Qué debes conseguir · 2
Aclaración sobre la titularidad del derecho real de hipoteca ejecutado
Acciones para subsanar la falta de inscripción del derecho del ejecutante
Asunto: Consulta sobre titularidad del derecho real de hipoteca en EJECUCION HIPOTECARIA 0000102 / 2025 (N.I.G.: 24089 42 1 2025 0004939)
Estimados/as Letrados/as de la Administración de Justicia,
En relación con la subasta de la finca registral 14.157 (CRU 24013000446259) en el procedimiento de Ejecución Hipotecaria 0000102 / 2025 (N.I.G.: 24089 42 1 2025 0004939), la certificación de cargas de fecha 5 de febrero de 2026 (CSV: 224013121C7D1FF3) indica que "EL DERECHO REAL DE HIPOTECA NO SE HALLA INSCRITO A FAVOR DEL EJECUTANTE".
Solicitamos amablemente que se aclare esta situación, ya que, según la Resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado de 28 de agosto de 2013, la inscripción del auto de adjudicación podría no ser posible sin la previa inscripción del derecho del ejecutante. Agradeceríamos cualquier información o acción que el Juzgado tenga prevista para subsanar esta incidencia y asegurar la correcta inscripción del derecho del adjudicatario.
Atentamente,
[Su Nombre/Organización]
Paso 3 · Situación posesoria
Verificar la situación posesoria del inmueble
Esencial
Aunque el BOE indica 'desconocida' y 'vivienda habitual', es crucial verificar la ocupación real del inmueble. Si está ocupado por los ejecutados o terceros, se deberá considerar el proceso de desalojo y los plazos asociados, especialmente al tratarse de vivienda habitual.
Qué debes conseguir · 3
Información sobre la ocupación actual del inmueble
Asunto: Consulta sobre situación posesoria de la finca en EJECUCION HIPOTECARIA 0000102 / 2025 (N.I.G.: 24089 42 1 2025 0004939)
Estimados/as Letrados/as de la Administración de Justicia,
En relación con la subasta de la finca registral 14.157 (CRU 24013000446259) en el procedimiento de Ejecución Hipotecaria 0000102 / 2025 (N.I.G.: 24089 42 1 2025 0004939), el edicto de subasta indica que la situación posesoria es 'desconocida' pero se considera 'vivienda habitual'.
Solicitamos amablemente cualquier información adicional que obre en el expediente sobre la ocupación actual del inmueble, incluyendo si existen ocupantes de hecho, arrendatarios o cualquier otro título que justifique la posesión, y si se ha iniciado algún trámite para el desalojo o la declaración de ocupantes de mero hecho.
Atentamente,
[Su Nombre/Organización]
Paso 4 · Revisión profesional
Revisión jurídica especializada sobre la ejecución hipotecaria y el tracto sucesivo
Esencial
Dada la advertencia registral sobre la falta de inscripción del derecho real de hipoteca a favor del ejecutante, es imprescindible una revisión jurídica por un experto en derecho hipotecario para evaluar las implicaciones de esta situación en la adjudicación y la inscripción, y determinar la estrategia legal más adecuada.
Qué debes conseguir · 3
Análisis de la viabilidad de la inscripción del auto de adjudicación sin la previa inscripción del derecho del ejecutante
Evaluación de riesgos legales asociados a la falta de tracto sucesivo en la ejecución hipotecaria
Recomendaciones sobre acciones legales a seguir
Construidos
118 m²
Parcela
—
Habitaciones
—
Baños
—
Año
1991
Estado
No consta
Ficha del inmueble
GarajeTrastero
Uso catastral
Residencial
Conservación
No consta
Municipio
SAN ANDRES DEL RABANEDO, León
Residencia habitual
Sí
URBANA: FINCA NÚMERO DIEZ.- VIVIENDA en la planta segunda del Edificio en TROBAJO DEL CAMINO, Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo, a la CALLE LOS ALUCHES, hoy calle MESONES, número 18, con acceso por el Portal-Uno, a la derecha del rellano de escalera. Tipo A. Tiene una superficie construida, con comunes de NOVENTA Y SEIS METROS Y VEINTITRÉS DECÍMETROS CUADRADOS y útil de SETENTA Y NUEVE METROS Y CINCUENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS. Tomando como frente la calle de situación, linda: frente, vivienda tipo B de su planta; derecha, rellano y caja de escalera y patio de luces; izquierda, vivienda tipo B de su planta y calle Eduardo González Pastrana; y fondo, herederos de Lorenzo González y patio de luces. Lleva como anejo inseparable la carbonera señalada con el número CUATRO y la plaza de garaje número CINCO, situadas ambas en planta baja. Su cuota de participación en el valor total del edificio, con sus anejos es del 7,48%.
Para este inmueble no ha sido posible emitir información registral electrónica a través del Colegio de Registradores.
14.157 inscrita en el Registro de la Propiedad nº 2 de León, al tomo 2532, libro 117, folio 124.
Ver certificación de cargas que se publica en el Portal de Subastas.
Lleva como anejo inseparable la carbonera señalada con el número CUATRO y la plaza de garaje número CINCO, situadas ambas en planta baja. Su cuota de participación en el valor total del edificio, con sus anejos es del 7,48%.
Fuente documental: Certificación de Cargas (inscripciones 11ª, 13ª)
3 cargas que se cancelan con la adjudicación Mostrar toda la información
Carga
Titular
Importe
Orden
Impacto
Hipoteca
Garantía real
BANCO SANTANDER S.A.
32.445 €
Carga objeto de la ejecución
Se cancela con la adjudicación
Descripción e interpretación Mostrar
HIPOTECA constituida inicialmente con BANCO SANTANDER, S.A., subrogada a favor de BANCO DE CASTILLA SA, ampliada y modificada, y posteriormente a favor de BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. Vencimiento modificado hasta el 14 de septiembre de 2023. Es la carga que se ejecuta.
Interpretación
Es la hipoteca que motiva el procedimiento de ejecución. El edicto de subasta indica un principal reclamado de 32.445,45 euros más 9.733,63 euros para intereses y costas. La certificación de cargas indica que el derecho real de hipoteca no está inscrito a favor del ejecutante, lo que es un riesgo para la inscripción de la adjudicación.
Fuente documental: Certificación de Cargas (inscripciones 8ª, 9ª, 10ª, 12ª, 14ª) y Edicto de Subasta
Embargo o anotación preventiva
Carga judicial
BORROX FINANCE SL
8569 €
Posterior a la carga ejecutada
Se cancela con la adjudicación
Descripción e interpretación Mostrar
Anotación preventiva de embargo letra C a favor de BORROX FINANCE SL en reclamación de 8.569 euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos más 2.570,70 euros para gastos, intereses y costas de ejecución.
Interpretación
Esta anotación preventiva de embargo es posterior a la hipoteca ejecutada (fecha de decreto 18 de enero de 2024, practicada el 22 de febrero de 2024). Por lo tanto, se cancelaría con la ejecución de la hipoteca anterior.
Fuente documental: Certificación de Cargas (punto 4º)
Afección o carga tributaria
Fiscalidad
Hacienda Pública
No consta
Posterior a la carga ejecutada
Se cancela con la adjudicación
Descripción e interpretación Mostrar
Afección fiscal por el acto contenido en la anotación letra C.
Interpretación
Esta afección fiscal está ligada a la anotación preventiva de embargo letra C, que es posterior a la hipoteca ejecutada y se cancelaría.
Fuente documental: Certificación de Cargas (punto 6º)
Los plazos pueden variar si la postura necesita aprobación, hay una mejora, suspensión o la subasta pertenece a otra Administración. Usa el edicto y las comunicaciones oficiales como calendario definitivo.